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El expresidente del Recreativo, Pablo Comas, ha sido condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a tres años de cárcel por delitos de administración desleal y falseamiento de cuentas sociales durante su gestión del club, según ha informado Europa Press.

Según la sentencia, la Audiencia ha condenado al acusado a un año y nueve meses de prisión por un delito de administración desleal y a un año y tres meses y el pago de una multa de 3.240 euros por un delito de falseamiento de cuentas sociales.

También tendrá que devolver 646.516 euros al club decano del fútbol español y asumir un tercio de las costas del proceso, siendo responsables subsidiarios sus empresas Poientose y Gildoy España.

Según el fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso por las partes que así lo consideren, esta cantidad corresponde al préstamo bancario de un millón de euros que la sociedad Poientose, administrada por el condenado, solicitó al banco Espirito Santo poniendo como aval al club recreativista.

La Audiencia onubense ha absuelto a Pablo Comas de otro supuesto delito de administración desleal y de los de apropiación indebida y corrupción en los negocios.

La Fiscalía pidió para el exdirigente del Recreativo una pena de prisión de 18 años, mientras que como acusación particular el colectivo ‘Trust de Aficionados del Recreativo de Huelva’, que fue el que inició el proceso con una querella, solicitó 16 años.

Por otra parte, ha sido absuelto del resto de delitos de apropiación indebida, administración desleal y corrupción de negocios por los que fue acusado por parte de la acusación particular y de la Fiscalía, cuya petición ascendía a 18 años de prisión.

Al respecto, el tribunal considera probado que, en noviembre de 2011, el Ayuntamiento de Huelva publicó una convocatoria pública de licitación para la venta de 328.786 acciones nominativas del Recreativo mediante el procedimiento de subasta, tras lo que el Ayuntamiento adjudicó las acciones a la única ofertante, la entidad Gildoy España, por un importe de 3,2 millones de euros.

Asimismo, el tribunal considera probado que, para el abono del préstamo, el acusado “fijó también como garantía las nóminas que como presidente del Real Club Recreativo de Huelva percibiera, que se destinarían al pago de dicho préstamo, añadiendo una nueva cláusula adicional de la misma fecha al citado contrato de préstamo”.

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